Parece que el gobierno está trabajando en un proyecto
inminente de renta mínima. Una medida para ampliar las políticas sociales
anunciadas en los últimos días, buscando llegar a quienes están en situación
extrema. Este el caso del un millón y
medio de personas que llevan más de un año sin empleo. Buena parte de ellas,
sin ningún tipo de ayuda.
Esta ayuda es de vital importancia para un colectivo que ya sufría
antes del coronavirus, fruto de la crisis económica. Ahora la situación se
recrudece, muchas de estas personas no reciben prestación o ayuda alguna la situación de
confinamiento hace prácticamente imposible encontrar trabajo.
A finales del mes de Marzo, según datos del Servicio Público
de Empleo Estatal (SEPE), el número de personas inscritas como desempleadas fue
de 3.548.312, lo que es un aumento del 9,31%, con respecto al mes anterior, esto
es 302.265 personas. En poco más de dos semanas. Desde que comenzó el
confinamiento en las casas por el COVID-19,
la caída del empleo no ha tenido precedentes, hay casi 900.000 personas
menos afiliadas a la Seguridad Social. En este golpe laboral, no se suman los
620.00 afectados por ERTE ya procesados por los servicios públicos.
Si no hay cambios de última hora, los próximos días el
Gobierno anunciará la aprobación de esta renta mínima temporal destinada a
personas con ingresos bajos o sin ingresos, que no pueden beneficiarse de las ayudas
aprobadas hasta para la emergencia del coronavirus.
Por parte de Assat50, consideramos esta ayuda será
insuficiente, y apoyamos una Renta
Básica Incondicional para el conjunto de la población, se trata de una
prestación social a través del cual se garantiza el mínimo para una vida digna
a las personas y unidades familiares que se encuentran en situación de pobreza,
con el fin de promover su autonomía y participación activa en la sociedad. El
economista Daniel Raventós, considera que la medida que propone el gobierno
será insuficiente, presidente de la Red Renta Básica y editor de Sin Permiso, aboga por una renta básica universal hasta final de año,
es decir, un ingreso incondicional pagado por el Estado a cualquier ciudadano
que lo solicite. Raventós, Defiende su
viabilidad y apuesta por poner la política económica "al servicio de la
mayoría de la población".
Las ayudas aprobadas que el gobierno son:
Vivienda y alquileres: para vivienda habitual una prórroga extraordinaria y automática de seis meses
en que venzan durante el estado de alarma. Tampoco se podrá subir el precio del
alquiler durante ese periodo (para evitar subidas abusivas) y aquellas personas
que tengan problemas para hacer frente al pago de sus alquileres podrán pedir
microcréditos a seis años prorrogables otros cuatro más.
Se amplían también las condiciones de acceso de inquilinos a
los programas de microcréditos, a interés cero a devolver hasta en 10 años, y
el Estado asumirá la deuda si se mantiene la vulnerabilidad, se podrán acoger a
estas ayudas todas las personas que se hayan visto afectadas por un ERTE o
autónomos, que hayan sufrido una reducción de jornada o caída de ingresos, que
hayan perdido su trabajo por la crisis y autónomos que no lleguen al límite de
tres veces el IPREM.
Los grandes arrendatarios, como los fondos de inversión,
deberán elegir entre cobrar la mitad de la renta o restructurar la deuda a
plazos.
Los grandes propietarios y fondos de inversión, deberán
permitir una quita de la deuda del inquilino del 50% o bien de una
reestructuración de dicha deuda en dos o tres años.
Los trabajadores que se queden en paro o pierdan una parte
sustancial de sus ingresos (al menos el 40 %) y los empresarios cuyas ventas se
desplomen podrán aplazar el pago de sus hipotecas hasta el 3 de mayo. La
moratoria sólo se aplica para la vivienda habitual.
Además, se paralizan los desahucios por alquiler sin
alternativa habitacional hasta seis meses después de que haya finalizado el
estado de alarma, los contratos se renovarán automáticamente por medio año si
caducan ahora.
Se prohíbe el corte de suministros: Luz, agua o gas,
suministros considerados esenciales, durante el estado de alarma. Si hasta
entonces la medida afectaba a los ciudadanos más vulnerables, ahora se amplía a
todas las viviendas de España. Para las personas vulnerables se prorroga en
bono social de forma automática hasta el 15 de septiembre,ial para los
beneficiarios pendientes de renovar la solicitud. El descuento en la factura
eléctrica puede llegar al 40 %.
Avales: El Gobierno aprobó el 24 de marzo la puesta en marcha de un
primer tramo de avales de 20.000 millones para garantizar la liquidez de las
empresas más afectadas por el Covid-19. La mitad de ese importe servirá para
garantizar nuevos préstamos a pymes y autónomos. La línea de avales entró en vigor
el lunes 6 de abril. Los empresarios piden que se amplíe la cuantía hasta
50.000 millones.
ERTE: Es más fácil presentar un expediente temporal de regulación
de empleo (ERTE) pero las empresas se comprometen a mantener el empleo seis
meses después de retomar la actividad si han sido exoneradas de las
cotizaciones sociales (de un 75 al 100 %). Las de menos de 50 trabajadores no
tendrán que pagar las cotizaciones. Trabajo aceptará los ERTE presentados antes
del real decreto por causa de fuerza mayor relacionada con el coronavirus.
También podrán acogerse a estas condiciones los negocios con un sólo
trabajador.
Reducción de jornada: La Seguridad Social compensará el pago de los salarios a los
trabajadores que tengan que quedarse en casa o reducir su jornada para cuidar
familiares. Una de las primeras medidas que ha perdido fuerza tras la avalancha
de ERTEs en todo tipo de empresas.
Medidas para autónomos:
Moratoria en el pago de las hipotecas, para autónomos
también de los locales y oficinas.
Moratoria en el pago de luz, agua, gas para autónomos y
Pymes.
Moratoria en el pago en los créditos al consumo para
personas en situación de vulnerabilidad.
Moratoria para el pago de cuotas en los días trabajados
durante el mes de marzo.
Moratoria de seis meses sin intereses en el pago de las
cotizaciones a la Seguridad Social de autónomos y Pymes (Pequeñas y medianas
empresas), y el aplazamiento del pago de las deudas de la Seguridad Social
hasta el 30 de junio de 2020 -no habrá interés si no tenían deudas previas al
estado de alarma-. Los autónomos podrán solicitar la devolución de las cuotas
por los días no trabajados de marzo.
Cualquier autónomo que haya visto interrumpida o reducida su
actividad de forma intensa tiene derecho a una prestación que al menos va a
llegar a 950 euros." Más de 50.000 autónomos han solicitado ya la
prestación extraordinaria creada para este colectivo por la crisis del
coronavirus.
En general, las empresas siguen obligadas a pagar a tiempo
las cotizaciones y deben dar de alta y de baja a los trabajadores en la
Seguridad Social pese al estado de alarma y la saturación de los Servicios
Públicos de Empleo.
Violencia de género: se garantiza alternativa habitacional
segura para las víctimas de violencia machista. También se considera servicio
esencial la atención a las personas víctimas de explotación sexual.
Empleadas de hogar: Subsidio extraordinario por desempleo
temporal, con una cuantía que corresponde al 70% de la base de cotización, al
que se pueden acoger las empleadas domésticas que durante el estado de alarma
se hayan quedado sin empleo o tengan horas de trabajo más reducidas, por lo que
es compatible con mantener parte de la actividad laboral.
Permiso recuperable: El Gobierno decretó la paralización de la economía en
sectores no esenciales del 30 de marzo al 9 de abril. Tras el parón de la
Semana Santa, este lunes se reanuda la actividad en las comunidades autónomas
en las que no es festivo. La construcción vuelve con limitaciones, no se
trabaja en obras de rehabilitación y reforma. Los trabajadores que se han
quedado en casa siguen cobrando el sueldo gracias a un permiso retribuido, pero
tendrán que recuperar las horas antes de que acabe este año.
Paro: Durante el periodo de alarma, el retraso en presentar una
prestación por desempleo o una reanudación "no reducirá la duración del
derecho a la prestación". Si un autónomo quiere cobrar el paro tendrá que
estar al corriente del pago de las cotizaciones o regularizarlas en el plazo de
30 días.
Los trabajadores temporales que no dispongan de la cotización necesaria para recibir algún tipo de prestación o cuyo contrato finalice durante el estado de alarma podrán solicitar un subsidio de desempleo de 440 euros, el 80% del Iprem.
Publicidad: Se prohibe la publicidad del juego online: Durante el tiempo
que se mantenga el estado de alarma no se podrá emitir publicidad del juego
online, para evitar que las casas de apuestas "hagan negocio con el
malestar y la ansiedad" de los ciudadanos.
Créditos al consumo: Moratoria de tres meses ampliables en
el pago de todo préstamo o crédito al consumo para aquellos ciudadanos
vulnerables económicamente.
Agencias de viajes: Para proteger al consumidor se ha
establecido que las deben facilitar un bono para aquellos que hayan visto sus
viajes cancelados. Si no se utiliza, se tendrá que devolver la cantidad
desembolsada. Una medida que afecta también a los hoteles y otras empresas, que
deberán ofrecer alternativas a sus clientes.
Agricultores: Los parados, trabajadores con subsidio agrario, renta
agraria o con prestación por desempleo podrán trabajar en el campo sin perder
el paro, según un real decreto del Gobierno. También los extranjeros a los que
se les renovará el permiso de trabajo si finalizan antes del 30 de junio, y a
los jóvenes extranjeros de entre 18 y 21 años a los que se les expedirá el
permiso de trabajo.
Los agricultores que pidieron préstamos para afrontar la
sequía de 2017 podrán pactar con los bancos un año de carencia y prolongar el
periodo de amortización. El Ministerio asumirá el coste de los avales. Las
solicitudes se pueden presentar en los próximos cuatro meses.
Planes de pensiones: Los autónomos que hayan cesado su actividad por el
coronavirus y las personas afectadas por un ERTE podrán rescatar las
aportaciones realizadas a los planes de pensiones para aliviar sus necesidades
de liquidez.
Compras: Los plazos para devolver compras se interrumpen mientras
dure el estado de alarma tanto para adquisiciones presenciales como por
internet. Habitualmente los productos se pueden devolver en un mes. El plazo
volverá a contar cuando termine el estado de alarma. Se protege al consumidor
en los contratos de compraventa de bienes y de prestación de servicios cuya
ejecución sea imposible por la pandemia.
I+D+I: Frente a la emergencia sanitaria por el Covid-19, las
instituciones públicas de ciencia, tecnología e innovación podrán establecer
jornadas laborales extraordinarias. Estas horas extra se compensarán con el
complemento de productividad o mediante gratificaciones.
El Ministerio de Ciencia concederá créditos extraordinarios
al Instituto de Salud Carlos III para necesidades excepcionales (más de 25
millones de euros) y al CSIC (4,4 millones).
Más plazo para pagar impuestos: El plazo de los procedimientos tributarios ya iniciados se
extenderá hasta el 30 de abril, y los que se vayan a abrir se alargan hasta el
20 de mayo. Los intereses de demora se seguirán devengando con los plazos
ampliados, así que es conveniente pagar cuanto antes.
Problemas de liquidez: Ante la posibilidad de que algunas empresas tengan problemas
de liquidez para efectuar los ingresos de determinadas autoliquidaciones, la
Agencia Tributaria va a adaptar su operativa. Así las empresas que se acojan al
mecanismo de liquidez que ofrece el decreto no recibirán apremios por impago de
impuestos mientras no les llegue la línea de financiación.
Quiebras: Las empresas en quiebra no tienen la obligación de
declararse en concurso de acreedores. Habrán de transcurrir dos meses desde que
acabe estado de alarma para que los jueces puedan admitir a trámite estas
solicitudes de concurso necesario. Alemana también ha tomado esta medida.
Juntas de accionistas: Las empresas cotizadas que tendrían que celebrar sus juntas
de accionistas a finales de junio, dispondrán de cuatro meses más, hasta
finales de octubre. Además, el Gobierno permite celebrarlas de forma telemática
por el coronavirus, aunque no se contemple en los estatutos sociales de las
compañías.
Obra pública: En el caso de que se paralicen los proyectos de obra pública
por culpa de la pandemia, el concesionario “podrá restablecer el equilibrio
económico mediante la ampliación de su duración inicial hasta un máximo de un
15% o mediante la modificación de las cláusulas de contenido económico
incluidas en el contrato".
Coste económico: El Gobierno estima en unos 5.000 millones de euros el gasto
de las medidas adicionales al paquete de liquidez de 200.000 millones de
euros, 117.000 millones públicos y el
resto privados, que articula el real decreto. Es el caso de los ERTE y el resto
de medidas no financieras.
Maria Hilda LOPEZ PEREZ
Presidenta Assat50
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